Los médicos de familia no pueden objetar en casos de aborto en CADENASER.com

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Málaga desestimó el pasado 5 de abril el recurso de un médico de familia de un centro de salud de Antequera que se declaró objetor y pidió quedar excluido por razones de conciencia de las tareas de información y derivación sanitaria a las mujeres que quisieran abortar.

El juez sostiene, por un lado, que la libertad religiosa e ideológica del médico no se ve condicionada por la tarea que tiene encomendada de informar a las pacientes y derivarlas a las clínicas que practican la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Asimismo, el juez recuerda al médico que no puede olvidar su condición de empleado público. Por ello, falla que debe tener prevalencia el interés público de la atención sanitaria a las mujeres que desen información a la afectación periférica que pueda sufrir en su conciencia este médico de familia.