Manipulación de Embriones y Aborto.

Con respecto a las últimas leyes en cuanto a manejo de embriones mencionaremos las siguientes puntualizaciones de leyes que deberían ser observadas :

La Declaración de los Derechos del Niño, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas resolución 1386 (XIV) del 20 de Noviembre de 1959, en su 3er. considerando dice:

...El Niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección LEGAL. tanto ANTES como después del nacimiento.

Así mismo, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea la cual dice en su Artículo 3, Numeral 2:

En el marco de la medicina y la biología se respetará en particular:
-La prohibición de las prácticas EUGENÉSICAS y en particular las que tienen por finalidad la selección de las personas.

-La prohibición de la CLONACIÓN REPRODUCTORA de seres humanos.
(Las mayúsculas y negrillas son de este escritor).
Estos dos textos legales, el primero reconocido por la mayoría de los Estados del Mundo y el segundo por los Europeos, nos aclaran cualquier controversia legal entre quienes defendemos el respeto a la vida de los no nacidos y quienes se oponen a ella.

Estos puntos no tienen nada que ver con doctrina religiosa sino llanamente con Derecho Internacional, de obligatorio cumplimiento para los Estados miembros de dichos organismos.

En cuanto a nosotros, los seguidores de la palabra de Dios, nuestro referente principal radica en el mandamiento de NO MATARÁS, incluído en el Antiguo Testamento, Éxodo 20.13 y en el Nuevo Testamento en Mateo 5.21.

El mundo se está yendo en contra de las leyes de Dios y también en contra de sus propias leyes, los resultados ya están a la vista, cada vez aumenta la desesperanza y la angustia, los sicólogos y siquiatras no abastecen la demanda, es urgente que los que conocemos de soluciones accionemos en consecuencia.

Ricardocarlindelacruz.blogspot.com