Por la benevolencia del Código Penal del Estado, la sanción que la fiscalía determinaría en el caso de la mujer, de acuerdo con el Artículo 150, es, de manera textual: "A la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto, se le sancionará con tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud".
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