El TSJA falla contra el SAS y permite a médicos de primaria inhibirse en casos de aborto

Los médicos de atención primaria que deseen abstenerse de los trámites vinculados a la práctica de abortos podrán inhibirse de estas cuestiones de forma cautelar, mientras los tribunales determinan si gozan del derecho a no participar en ninguna de las gestiones que rodean a estas intervenciones.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado en una sentencia en contra de las tesis del Servicio Andaluz de Salud (SAS), que pretendía que estos facultativos estaban obligados a efectuar las gestiones previas a la realización de abortos, en aras del interés público.

La Sala estima por ello el recurso y suspende la ejecutividad de la resolución del Área Sanitaria Norte de Málaga. La sentencia, que no es recurrible, unifica el criterio y respalda a unos profesionales que ya han visto reconocido su derecho a inhibirse en otras comunidades autónomas como Castilla La Mancha. Mas...