ADELANTAR LA MUERTE ES UN HOMICIDIO

El código penal define el homicidio como “el que matare a otro”, y matar es quitar la vida a otro, dicho con más claridad. Para que sea asesinato, deben concurrir determinadas circunstancias, como alevosía, premeditación, precio, recompensa o promesa, ensañamiento.

También, el código penal, define como suicidio el que se priva así mismo de la vida y castiga al inductor al suicidio y “al que coopere con actos necesarios al suicidio”; se prevé también “si la cooperación llega hasta el punto de ejecutar la muerte”.

Pero hay más, “el que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conducta necesariamente a la muerte” también está prevista una pena.

Todo esto se contradice con la despenalización del aborto, ya que se produce la muerte de una persona que goza de vida, aunque sea dentro del seno materno. El aborto se trata de un parricidio o infanticidio al ser la madre la que da su consentimiento, el resto de los colaboradores, cometen asesinato.

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